Es obvio, o al menos debería serlo, que pese a que la cultura y el patrimonio cultural son una de las responsabilidades del Estado, los proyectos culturales no pueden depender íntegramente de los presupuestos públicos. Por ello siempre me ha parecido inteligente la política de algunos países de permitir que las empresas y los particulares desgraven impuestos mediante la inversión en proyectos de mecenazgo, como una forma conjunta —público-privada— de gestionar y financiar la cultura. Tiene dos grandes ventajas para el gobierno: son una forma de delegar (que no abandonar) en otros la gestión de unas tareas a veces inalcanzables o muy complicadas a nivel estatal, así como una manera de que éstas sean financiadas con fondos privados. Para las empresas patrocinadoras, el mecenazgo es más gratificante que el pago de impuestos, entre otras cosas porque bien ejecutado puede redundar en el refuerzo de la imagen de marca. Y para los particulares, el mecenazgo y el micromecenazgo son una forma de invertir en cultura y disfrutar de ella desgravando impuestos.
Si nada se tuerce, en España habrá una Ley de Mecenazgo en 2013. Según cuenta una noticia de la agencia EFE:
La anunciada Ley del Mecenazgo se ha perfilado desde el principio de la legislatura como una de las prioridades del Gobierno, con la que pretende afrontar el cambio en el modelo de financiación de la cultura.
Su redacción está prácticamente finalizada pero las dificultades económicas han provocado su retraso debido a que «no es momento» para la puesta en marcha de las desgravaciones fiscales que contemplaría el proyecto y que tendrían un impacto negativo en la recaudación.
Aunque el ministro de Educación, Cultura y Deporte, José Ignacio Wert, aseguró en octubre que no podía comprometer un plazo para la presentación del proyecto de Ley sobre el Mecenazgo, posteriormente ha garantizado que la norma estará en vigor antes de que concluya 2013.
Esta ley, en cuya elaboración participan cinco Ministerios, prevé desgravaciones de entre el 60 y el 70 por ciento para las sociedades que inviertan en el sector cultural.
Y también contempla el micromecenazgo, una figura que permitirá a los ciudadanos, sin necesidad de constituirse en una sociedad, destinar desde 150 euros a determinados proyectos, cantidades que podrá desgravarse íntegramente.
Si esta ley será más o menos beneficiosa para la industria editorial es algo que se verá cuando el redactado sea definitivo y queden claros los supuestos de aplicación así como, entre otros, los sujetos y proyectos que puedan ser objeto de la inversión de los mecenas. De momento pueden entreverse ya un par de consecuencias positivas para el sector del libro:
– Podría suponer una ayuda para la financiación de bibliotecas municipales y privadas, que hallarían en el mecenazgo una forma de hacer frente a nuevas adquisiciones de fondos bibliográficos, así como al mantenimiento de las instalaciones y la conservación de los libros existentes. No sólo se beneficiarían de ello las bibliotecas y sus usuarios, sino también las editoriales, que recuperarían uno de los canales tradicionales de venta de sus libros.
– Proyectos literarios y bibliográficos imposibles sin el dinero público y ajenos a los ámbitos universitarios tendrían una oportunidad gracias al mecenazgo de empresas privadas.
Pero lo que es especialmente interesante de esta ley es aquello que podría resultar una doble novedad: que los ciudadanos puedan desgravar por acciones de micromecenazgo y que el mecenazgo pueda llevarse a cabo en entidades con ánimo de lucro.
Para la industria editorial, la combinación de ambas condiciones, es decir, que las aportaciones dinerarias de los ciudadanos a entidades privadas con proyectos culturales con ánimo de lucro pudieran ser desgravables, podría suponer una cambio revolucionario en cuanto a modelo de negocio. En España ya existen plataformas de crowdfunding —financiación de proyectos con micro aportaciones privadas— a través de las cuales ya son varios los proyectos literarios que han conseguido los fondos necesarios para salir adelante.
Es evidente que si la ley permite el micromecenazgo a proyectos con ánimo de lucro, los autores independientes serán los grandes beneficiados y la producción autónoma de obras literarias (autoedición) aumentará sustancialmente: muchos amantes de la literatura y los libros preferiremos invertir directamente parte de nuestros impuestos en nuevos —o no tan nuevos— autores, a cambio de recibir las contraprestaciones que el autor decida (ejemplares firmados, nuestro nombre impreso en la lista de agradecimientos, etc.) y la satisfacción de nuestro ego de mecenas.
Pero el mecenazgo aplicado a proyectos culturales con ánimo de lucro también podría ser muy beneficioso para las editoriales, que podrían encontrar en ellos un nuevo modelo de negocio: el diseño y desarrollo de proyectos de edición financiados total o parcialmente por particulares y empresas. El cambio en el modelo de negocio estaría determinado por varios factores:
– El editor no tendría que invertir fondos propios, lo que podría redundar en la calidad de los proyectos editoriales —hacerlos más ambiciosos— o en el desarrollo de proyectos dirigidos a un grupo reducido de público.
– Sólo saldrían adelante aquellos proyectos que lograran convencer a un número suficiente de inversores, lo que por una parte obligaría a hacer la campaña de marketing con caracter previo a la producción del libro, pero por otro garantizaría un relativo grado de aceptación por el mercado: los fracasos no pasarían de la fase de proyecto, con lo que las pérdidas se minimizarían. Y en el caso de la tirada o la descarga de los libros estuviera limitada a los inversores (caso de las ediciones de coleccionista, para las cuales este nuevo modelo sería ideal), se evitarían problemas de distribución y venta.
– El lector, como inversor y consumidor final, podría interactuar con el editor y participar en la elaboración del proyecto a demanda de aquél.
– En el caso que los inversores pactaran con el editor la recuperación de la inversión de forma no dineraria, la edición patrocinada supondría una rebaja en el precio de los libros para el resto de los lectores.
De momento hablo sólo de supuestos. Habrá que esperar a la publicación de la Ley de Mecenazgo para ver cuáles de ellos podrán hacerse realidad.
Efraim dice
Esa es la parte «bonita» (por llamarla de alguna manera) de la ley de Mecenazgo, pero la pregunta que todos se hacen viene más por la parte negativa que puede nacer de dicha ley. Por un lado la alta probabilidad de que dicho mecenazgo sea usado como herramienta para el blanqueo de dinero, algo que, dada la intención de habilitar también el micromecenazgo, es muy alta. Así mismo hay muchas personas (entre las que me incluyo) que temen por el excesivo control que dicha ley puede acarrear a los contenidos culturales. Después de todo, tal y como has dicho, un comité de inversores decidirá si el proyecto les interesa o no… Inversores que tendrán sus ideologías y sus motivaciones para avalar o negar su ayuda.
Esos son, según mi criterio, los puntos flacos de la ley y son los que habría que reforzar para que no se convierta en un mero trámite burocrático para ejercer presión sobre los contenidos o hacer un agosto con las deducciones de Hacienda.
Un saludo.
Arantxa Mellado dice
Como bien dices, Efraim, esta sería la parte bonita de la ley, siempre y cuando el texto legal que se apruebe contenga los supuestos que refiero. Mientras no esté aprobada y publicada todo es un suponer, o un desear.
En cuanto a la presión de los inversores sobre los contenidos (que dependería de lo pactado previamente con el editor), prefiero verlo desde un punto de vista optimista, como una forma de que proyectos caros, o de interés sólo para grupos reducidos, puedan tener una oportunidad de ver la luz.