Hace unos días leíamos, vía la web chilena Derechos Digitales, el ensayo de Felix Oberholzer-Gee y Koleman Strumpf, economistas de la Escuela de Negocios de la Universidad de Harvard titulado «File sharing and copyright» (Compartir archivos y derechos de autor). El ensayo concluye que el uso compartido de archivos de contenidos culturales (música, films, libros), no ha desalentado la producción cultural, sino que en algunos casos (como en el de la industria musical), ésta se ha incrementado.
Si bien las ventas de álbumes en general han disminuido desde 2000, el número de álbumes que se ha creado ha tenido un explosivo aumento. En el año 2000, 35.516 discos fueron liberados. Siete años más tarde, se publicaron 79.695, incluyendo 25.159 álbumes digitales (Nielsen SoundScan, 2008).
Tendencias similares se pueden ver en otras industrias creativas. Por ejemplo, en todo el mundo el número de largometrajes producidos cada año ha aumentado de 3.807 en 2003 a 4.989 en 2007 (Screen Digest, 2004 y 2008).
Para los autores está claro que el uso de archivos compartidos es una práctica que ha debilitado los derechos de autor y cuya irrupción ha forzado un cambio en los modelos de negocio tradicionales. Sin embargo, no ha desalentado la producción de contenidos culturales. Por el contrario, un copyright menos restrictivo otorga un mayor acceso del público a las obras y, por lo tanto, beneficia a la sociedad.
¿Cómo lograr que los autores, editores y productores en general no vean vulnerados sus derechos y al mismo tiempo incentivar la creación y difusión cultural en un entorno que, como el digital, se mueve bajo la filosofía de compartir? Quizá sea necesario un cambio de mentalidad que implique usuarios respetuosos del derecho (e ingresos) de los creadores de la música, libros o películas que consumen, e industrias culturales sensibles al público en red.
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